Los trabajadores de empresas españolas que tienen actividad en el extranjero o desarrollan proyectos de manera temporal o permanente en otros países, tienen derecho a la exención del IRPF según el artículo 7.p).
El 1 de enero de 2007 la reforma fiscal que se llevó a cabo endureció enormemente la aplicación de esta exención para los trabajadores de empresas, pero todavía en muchos casos es factible.
Hoy es posible revisar las declaraciones de la renta desde el año 2004 hasta el 2007.
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